
Jurídico Empresarial -
12-05-2026
La Inspección General de Justicia introdujo criterios interpretativos relevantes y medidas de simplificación en materia social.
Entre las principales interpretaciones se encuentran:
1. Inscripción de autoridades: carácter declarativo.
Se ratifica que la inscripción de designación o cese de administradores, representantes legales y autoridades societarias no es constitutiva, sino declarativa.
Los efectos jurídicos de los actos se producen desde el acto societario válido.
2. Validez de actos no inscriptos.
La falta de inscripción registral:
•No invalida actos realizados por administradores designados válidamente.
•No impide el ejercicio de la carga.
Sin perjuicio de la obligación legal de proceder a su inscripción.
Además, terceros que conozcan la designación de nuevas autoridades no pueden invocar la falta de inscripción registral para desconocer su legitimación.
3. Continuidad en el cargo (art. 257 Ley General de Sociedades).
Se aclara que:
•Los administradores permanecen en funciones hasta ser reemplazados.
•El vencimiento del plazo de designación no produce cese automático.
La sociedad no puede oponer el vencimiento del mandato frente a terceros de buena fe para desconocer la representación de quienes continúan en funciones, mientras no se haya producido una nueva designación.
4. Garantía de los Administradores: flexibilización.
Se modifica el régimen de garantías (art. 70 del Aneo I Resolución General IGJ 15/2024):
•Se amplían las formas admitidas, incorporando la precaución juratoria.
•Se reconoce la libertad de formas (depósitos, títulos, seguros, avales, caución juratoria, etc.)
•Se reduce la carga formal:
A efectos de la inscripción, basta con la declaración bajo juramento en el dictamen de precalificación sobre la constitución de la garantía en la forma prevista por el estatuto.
5. Alcance de la norma.
•Tiene carácter interpretativo y aclaratorio.
•Aplica a todas las sociedades registradas ante IGJ.
La Resolución se encuentra vigente desde el 14 de abril de 2026.
Acceso a la norma:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/340628/20260413