LEY DE INOCENCIA FISCAL - NUEVO RÉGIMEN PENAL TRIBUTARIO Y REGLAMENTACIÓN VIGENTE.

Jurídica Tributaria - 13-05-2026

Conocida como “Ley de Inocencia Fiscal”, fue publicada en el Boletín Oficial el 02 de enero de 2026.

La ley modifica el Régimen Penal Tributario, la Ley 11.683 de Procedimiento Fiscal y crea un Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas residentes.

Entre sus principales ejes se destacan:

•Aumento de los umbrales penales tributarios, concentrando la persecución penal en supuestos de mayor gravedad.

•Reducción del plazo de prescripción para contribuyentes cumplidores.

•Actualización de sanciones formales por incumplimientos.

•Regularización voluntaria como mecanismo para evitar o extinguir la acción penal.

•Declaración Jurada Simplificada de Ganancias, con efecto liberador y presunción de exactitud, salvo discrepancia significativa.

Acceso a la norma:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/337029/20260102

Posteriormente, el Poder Ejecutivo reglamentó la ley mediante el Decreto 93/2026, que precisó el funcionamiento del Régimen de Declaración Jurada Simplificada (RDJS), los efectos de la adhesión, la configuración de “discrepancia significativa” y su coordinación con normas de prevención de lavado de activos.

Asimismo, el decreto establece que la presentación y pago en término de la DJ precargada por ARCA produce efecto liberador y genera una presunción de exactitud respecto del período adherido, salvo que ARCA detecte una discrepancia significativa.

Acceso a la norma:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/338265/20260209

Luego, ARCA dictó la Resolución General 5820/2026, que complementó el procedimiento de adhesión, ratificación anual, convalidación de adhesiones previas, desistimiento y exclusión del RDJS.

La adhesión debe realizarse desde el servicio “Sistema Registral – Ganancias PH Simplificada”, con clave fiscal nivel 3 o superior, y aplica para DJ del período fiscal 2025 y siguientes.

Acceso a la norma:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/338289/20260209

Además, ARCA dictó la Resolución General 5822/2026, mediante la cual adecuó el Régimen General de Retenciones del Impuesto a las Ganancias, disponiendo que los intereses originados por depósitos en moneda extranjera realizados por personas humanas y sucesiones indivisas en entidades financieras no estarán sujetos a retenciones del Impuesto a las Ganancias.

Acceso a la norma:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/338330/20260210

Por su parte, la CNV, mediante la Resolución General 1108/2026, adaptó su normativa para regular el ingreso de fondos y activos al mercado de capitales por parte de contribuyentes adheridos al RDJS, incluyendo depósitos en efectivo, transferencias de valores negociables y activos virtuales, bajo determinadas condiciones de trazabilidad y titularidad.

Acceso a la norma:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/338591/20260220

Finalmente, el BCRA y la UIF emitieron lineamientos conjuntos aclarando que la adhesión al régimen debe ser considerada como un antecedente favorable dentro del enfoque basado en riesgo, sin eliminar las obligaciones de prevención de lavado de activos, pero evitando requerimientos documentales desproporcionados cuando las operaciones resulten consistentes con el perfil del cliente.

Acceso al documento:

https://www.bcra.gob.ar/noticia/lineamientos-y-consideraciones-de-la-uif-y-del-bcra-sobre-la-reglamentacion-de-la-ley-de-inocencia-fiscal/




VOLVER

CATEGORIAS

- Contable

- Jurídica Tributaria

- Jurídico Empresarial

- Propiedad Intelectual