
Jurídica Tributaria -
28-05-2026
ARCA aprobó el procedimiento operativo interno aplicable a los casos de exclusión del Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias previstas en la Ley 27.799 y reglamentado por el Decreto 93/2026 y la RG 5820/2026.
Principales aspectos a considerar:
Detección de inconsistencias: ARCA realizará controles sistémicos y verificaciones centralizadas sobre la información declarada y datos provenientes de terceros.
Ante inconsistencias, notificará al contribuyente en el Domicilio Fiscal Electrónico.
Derecho de defensa del contribuyente: El contribuyente podrá presentar una disconformidad mediante el servicio “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite “Disconformidad sobre exclusión del Régimen de Declaración Jurada Simplificada – Ley 27799” .
Plazo para efectuar el descarga: Deberá presentarse dentro de los 15 días hábiles administrativos desde la notificación efectuada por ARCA.
Facultades de fiscalización: Si ARCA concluye que el incumplimiento se encuentra objetivamente verificado, podrá:
Excluir al contribuyente del régimen.
Fiscalizar períodos no prescriptos.
Determinar de oficio diferencias impositivas.
Aplicar sanciones conforme a la Ley 11.683.
Se prevé la emisión de actos administrativos formales de exclusión.
Se contempla la exclusión automática cuando el contribuyente no presenta descarga dentro del plazo previsto.
La instrucción entrará en vigencia a partir de su publicación.
Instrucción General 2026-3-E ARCA Subdirección General de Fiscalización (05/12/2026)
Link para acceder a la norma:
https://biblioint.afip.gob.ar/search/query/index.aspx