SE PRORROGA MORATORIA LEY 27.541

Contable - 10-11-2020

SE PRORROGA MORATORIA LEY 27.541


Por las contingencias ocasionadas por la pandemia, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la RG 4850/20 (B.O. 06/11/2020)reglamentó el Dec. 833/20, en virtud del cual se extendió el plazo de adhesión a la nueva Moratoria Fiscal implementada por la Ley 27.541 (modificada por Ley 27.562).

A continuación, consignamos los puntos más importantes:

•             Plazo de adhesión.

Se prorroga el plazo de adhesión a la Moratoria (Ley 27.541) hasta el 30 de noviembre del 2020 inclusive.

•             Anulación del acogimiento y nuevas solicitudes.

Se prorroga hasta el 26 de noviembre del 2020, inclusive, la anulación del acogimiento al régimen de regularización ante la detección de errores.

•             Condonación de multas. 

Se prorroga hasta el 30 de noviembre del 2020, inclusive, el plazo para cumplir con los deberes formales que dieron origen a multas y sanciones.

•             Certificado MiPyME.

Se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive, el plazo para tramitar y obtener el “Certificado MiPyME”. En caso de haberse adherido como “condicionales”, tendrán 15 días desde la fecha anteriormente mencionada, para reformular el plan en las condiciones previstas para los “demás contribuyentes”.

•             Deudores en concurso preventivo.

Se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive, el plazo para solicitar el concurso preventivo.

A raíz del mayor plazo otorgado, se espera que un mayor universo de contribuyentes se adhiera a la ley. De tal manera, se verán beneficiados tanto los deudores fiscales, como así también, el ente recaudador.



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