Deducción de gastos por servicios con fines educativos y de gastos de transporte terrestre de larga distancia.

Contable - 19-01-2023

Mediante el Decreto 18/2023, se fija el alcance de los servicios y las herramientas con fines educativos. Así­ como también, las condiciones para la deducción de los gastos educativos de los hijos mayores de edad.

RG 5314/23 AFIP - Se incorpora como concepto deducible de la base de cá¡lculo de la retención del Impuesto a las Ganancias, a los pagos efectuados por el empleado en concepto de servicios con fines educativos y las herramientas destinadas a esos efectos, como así­ también se establecen los requisitos pertinentes para su cómputo en el perí­odo fiscal 2022. Por otro lado, se adecuan las previsiones de dicha norma relacionadas con las deducciones de la actividad de transporte terrestre de larga distancia.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/279734/20230116



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