Deducción de gastos por servicios con fines educativos y de gastos de transporte terrestre de larga distancia.

Contable - 19-01-2023

Mediante el Decreto 18/2023, se fija el alcance de los servicios y las herramientas con fines educativos. Así como también, las condiciones para la deducción de los gastos educativos de los hijos mayores de edad.

RG 5314/23 AFIP - Se incorpora como concepto deducible de la base de cálculo de la retención del Impuesto a las Ganancias, a los pagos efectuados por el empleado en concepto de servicios con fines educativos y las herramientas destinadas a esos efectos, como así también se establecen los requisitos pertinentes para su cómputo en el período fiscal 2022. Por otro lado, se adecuan las previsiones de dicha norma relacionadas con las deducciones de la actividad de transporte terrestre de larga distancia.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/279734/20230116



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